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CONAGUA publica facilidades administrativas para prorrogar Títulos de Concesión

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Puntos clave

Se establecen facilidades administrativas para que las personas usuarias de aguas nacionales regularicen sus títulos de concesión o asignación vencidos.

Beneficia a quienes cuenten con títulos vencidos entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, otorgados usos doméstico, agrícola, pecuario, acuícola y público urbano.

Se tiene un plazo de seis meses para adherirse al Decreto.

El 28 de octubre de 2025, la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para regularizar los títulos de concesión y asignación otorgados a los usuarios de aguas nacionales que se indican” (“Decreto”).

El Decreto posibilita la regularización de títulos de concesión y asignación de aguas nacionales para uso doméstico, agrícola, pecuario y acuícola, como público urbano cuya vigencia haya expirado entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, cuando no se haya solicitado la prórroga correspondiente en tiempo o se haya presentado fuera de plazo.

El Decreto establece facilidades administrativas temporales para que los concesionarios o asignatarios regularicen Títulos de Concesión o Asignación de Aguas Nacionales que hayan perdido vigencia y no hayan sido prorrogados en tiempo.

Específicamente, las facilidades aplican a los títulos de concesión o asignación otorgados para: (i) uso doméstico, agrícola, pecuario y acuacultura, cuyos volúmenes no excedan de 500,000.00 metros cúbicos anuales; y (ii) uso público urbano a favor de entidades federativas y municipios que lo ejerzan directamente, sin importar el volumen. En todos los casos, los títulos deberán contar con un asiento registral o antecedente en el Registro Público de Derechos de Agua y sólo serán considerados para la regularización aquellos cuya vigencia haya expirado entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, siempre que no se haya solicitado la prórroga correspondiente en tiempo o ésta se haya presentado fuera del plazo legalmente previsto.

El Decreto señala los requisitos necesarios para adherirse a este proceso de regularización y otorga a las personas interesadas un plazo de seis meses contados a partir de su publicación, es decir, hasta el 28 de abril de 2026 para presentar su solicitud de adhesión ante la CONAGUA. Entre los requisitos para dicha adhesión se incluyen:

  1. Escrito libre de solicitud de adhesión.
  2. En caso de adeudos o falta de presentación de declaraciones, una carta de cumplimiento de obligaciones en la que se comprometen para regularizar su situación.
  3. Indicar volúmenes extraídos de los últimos dos años del aprovechamiento a regularizar.
  4. Copia del título de concesión o asignación vencido.
  5. Comprobante del pago de derechos por concepto de prórroga de Títulos de Concesión.

Finalmente, el Decreto prevé que se otorgará la prórroga del Título de Concesión o Asignación respectivo, siempre que no:

  1. Se haya iniciado un trámite de transmisión parcial o total de derechos.
  2. Cuente con un procedimiento administrativo de revocación o extinción previo a la fecha de publicación del Decreto.
  3. Tenga alguna inscripción marginal realizada que impida la prórroga del Título respectivo.
  4. Se hayan extinguido por renuncia o por causas imputables al solicitante mediante resolución administrativa firme.
  5. Se encuentre en trámite un juicio o cualquier medio de defensa, judicial o administrativo relacionado con el Título, salvo en caso de que se acredite su desistimiento mediante la presentación del acuerdo o resolución emitida por la autoridad.

 

 

Escrito por Mauricio Llamas y Mauricio Villegas.

Verificar si los Títulos cumplen con los criterios de temporalidad y uso previstos en el Decreto. 

Preparar la documentación necesaria y presentar la solicitud de adhesión antes del 28 de abril de 2026. 

Previo a la presentación de la solicitud, regularizar adeudos o declaraciones pendientes antes de iniciar el trámite de adhesión.

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