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Se establecen facilidades administrativas para que las personas usuarias de aguas nacionales regularicen sus títulos de concesión o asignación vencidos.
Beneficia a quienes cuenten con títulos vencidos entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, otorgados usos doméstico, agrícola, pecuario, acuícola y público urbano.
Se tiene un plazo de seis meses para adherirse al Decreto.
El 28 de octubre de 2025, la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se establecen facilidades administrativas para regularizar los títulos de concesión y asignación otorgados a los usuarios de aguas nacionales que se indican” (“Decreto”).
El Decreto posibilita la regularización de títulos de concesión y asignación de aguas nacionales para uso doméstico, agrícola, pecuario y acuícola, como público urbano cuya vigencia haya expirado entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, cuando no se haya solicitado la prórroga correspondiente en tiempo o se haya presentado fuera de plazo.
El Decreto establece facilidades administrativas temporales para que los concesionarios o asignatarios regularicen Títulos de Concesión o Asignación de Aguas Nacionales que hayan perdido vigencia y no hayan sido prorrogados en tiempo.
Específicamente, las facilidades aplican a los títulos de concesión o asignación otorgados para: (i) uso doméstico, agrícola, pecuario y acuacultura, cuyos volúmenes no excedan de 500,000.00 metros cúbicos anuales; y (ii) uso público urbano a favor de entidades federativas y municipios que lo ejerzan directamente, sin importar el volumen. En todos los casos, los títulos deberán contar con un asiento registral o antecedente en el Registro Público de Derechos de Agua y sólo serán considerados para la regularización aquellos cuya vigencia haya expirado entre el 1 de octubre de 2017 y el 1 de marzo de 2025, siempre que no se haya solicitado la prórroga correspondiente en tiempo o ésta se haya presentado fuera del plazo legalmente previsto.
El Decreto señala los requisitos necesarios para adherirse a este proceso de regularización y otorga a las personas interesadas un plazo de seis meses contados a partir de su publicación, es decir, hasta el 28 de abril de 2026 para presentar su solicitud de adhesión ante la CONAGUA. Entre los requisitos para dicha adhesión se incluyen:
Finalmente, el Decreto prevé que se otorgará la prórroga del Título de Concesión o Asignación respectivo, siempre que no:
Escrito por Mauricio Llamas y Mauricio Villegas.
Verificar si los Títulos cumplen con los criterios de temporalidad y uso previstos en el Decreto.
Preparar la documentación necesaria y presentar la solicitud de adhesión antes del 28 de abril de 2026.
Previo a la presentación de la solicitud, regularizar adeudos o declaraciones pendientes antes de iniciar el trámite de adhesión.