Hogan Lovells 2024 Election Impact and Congressional Outlook Report
El ejecutivo publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que expide la Ley General de Aguas y simultáneamente reforma y deroga disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales.
La nueva Ley replantea de manera profunda el modelo de gobernanza hídrica en México: crea el Registro Nacional del Agua en sustitución del REPDA; redefine las reglas aplicables a concesiones, prórrogas, transmisiones y reasignaciones; y establece un Fondo de Reserva de Aguas Nacionales para redirigir volúmenes hacia usos prioritarios.
El Decreto incorpora además una regulación específica para la captación de agua pluvial, un esquema reforzado de fomento al reúso de aguas residuales, y un régimen sancionador y penal más robusto, que incluye nuevas figuras de delitos hídricos.
La nueva Ley General de Aguas tiene como eje central el derecho humano al agua y al saneamiento, la rectoría del Estado en la gestión del recurso y la planeación hídrica por cuencas, lo que representa un cambio estructural para todos los sectores productivos del país.
El 11 de diciembre de 2025, se público en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se expide la Ley General de Aguas, y se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales” (“Decreto”).
La exposición de motivos parte del reconocimiento de una crisis hídrica estructural en México, caracterizada por sobreexplotación de acuíferos, contaminación creciente, desigualdad en el acceso, insuficiencia en el tratamiento de aguas residuales y un marco normativo que ya no responde al mandato constitucional del derecho humano al agua.
La reforma subraya que la Ley de Aguas Nacionales (“LAN”) fue diseñada bajo un modelo patrimonialista y mercantil del agua, centrado en concesiones y transmisión de “derechos”, mientras que la nueva Ley General de Aguas (“LGA”) busca reorientar todo el sistema hacia la rectoría del Estado, la equidad, la sustentabilidad y la justicia hídrica, estableciendo las bases para un nuevo modelo de gobernanza y gestión por cuencas.
La iniciativa elimina el Registro Público de Derechos de Agua y lo sustituye por el REPNA.
La iniciativa regula de manera específica la captación de agua de lluvia, promoviendo infraestructura y autorizaciones para sistemas urbanos, industriales y domésticos. Se reconoce como mecanismo para reducir presión sobre cuencas y acuíferos.
Se impulsa un modelo en el que el reúso del agua tratada es obligatorio en ciertos sectores y se incentiva su adopción con criterios de eficiencia.
La endurece las facultades sancionadoras:
Tiene por objeto
La LGA se concibe como el instrumento central para transformar el manejo del agua en México desde una lógica de equidad y justicia hídrica.
Escrito por Mauricio Llamas, Mauricio Villegas, Sofía de Llano y José Pablo Navarro.
A partir de la publicación de la nueva Ley General de Aguas, resulta indispensable que los concesionarios revisen la situación actual de sus títulos y permisos, especialmente aquellos próximos a vencerse, y preparen con anticipación las solicitudes de prórroga (dentro del último año y al menos seis meses antes). También conviene evaluar posibles riesgos de caducidad por volúmenes no utilizados y documentar adecuadamente sus causas.
Dado el mayor escrutinio regulatorio, será necesario fortalecer la medición, los reportes y el cumplimiento fiscal, así como anticipar el impacto de la prohibición de transmisiones y el eventual uso de las reasignaciones. Las empresas deberán revisar su infraestructura de tratamiento y reúso para alinearse con las nuevas obligaciones. Finalmente, será clave monitorear los reglamentos que se emitirán en los próximos 180 días, ya que definirán los procedimientos operativos bajo el nuevo régimen hídrico.