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La Secretaría de Trabajo y Previsión Social publica protocolo de inspección en materia de subcontratación

mujer en la oficina
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La Secretaría de Trabajo y Previsión Social publicó un instrumento técnico con el objeto de garantizar el cumplimiento y también dar certeza a los empleadores sobre los elementos que serán revisados por la autoridad durante una inspección en materia de subcontratación.

Campo de acción del protocolo

El “Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación” establece los criterios y la documentación que serán utilizados y revisados por los inspectores al momento de realizar inspecciones en los diversos centros de trabajo que utilicen o tengan la intención de utilizar un esquema de subcontratación de servicios especializados. Por ejemplo, el protocolo será utilizado dentro de los siguientes procedimientos:

  1. Visitas de constatación de REPSE en los centros de trabajo para personas físicas o morales que soliciten su inscripción o estén inscritos en el padrón.
  2. Inspección en materia de subcontratación en los centros de trabajo de la contratista y la beneficiaria de los servicios especializados.
  3. Inspección de carácter ordinario y extraordinario en materia de Condiciones Generales de Trabajo, Salud e Higiene y Capacitación y Adiestramiento en las que se incluya un enfoque transversal en materia de subcontratación.

Es importante mencionar que, el ámbito de aplicación del presente protocolo es competencia de la Inspección Federal del Trabajo. Por tanto, el instrumento técnico rige a todos los centros de trabajo que presten servicios especializados dentro de la República Mexicana.

Por último, con el objetivo de ampliar el análisis de la información e integrar de manera correcta los diversos factores de riesgo que pueden acarrear un posible incumplimiento en materia de subcontratación por parte de un centro de trabajo, la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo podrá utilizar información que le sea proporcionada por parte del IMSS, SAT e INFONAVIT.

Sobre las visitas de constatación REPSE

Las visitas de constatación de REPSE tienen el propósito de verificar el cumplimiento normativo laboral en materia de subcontratación que establecen los artículos 12,13,14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo. En consecuencia, tanto la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo como la Oficina de Representación Federal del Trabajo, acreditarán el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo relacionado con la prestación de servicios u obras especializada y la información recabada será incluida en una minuta de constatación.

Sobre la inspección en materia de subcontratación a contratistas y a beneficiarias

Este procedimiento tiene la particularidad que la autoridad podrá verificar el cumplimiento general de las condiciones de trabajo en materia de subcontratación tanto en el domicilio de la contratista, como en el domicilio de la beneficiaria de los servicios prestados. Es por esto por lo que, específicamente, esta acción de cumplimiento por parte de la autoridad requiere de una coordinación eficaz de ambas partes. Por último, es relevante mencionar que el contratista y la beneficiaria de los servicios prestados son responsables solidarios ante el incumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social.

Recomendaciones

  1. Revisar que esté en orden los documentos relativos a la información general sobre el centro de trabajo. Ejemplo: Acta Constitutiva, Comprobante de domicilio, Constancia de Situación Fiscal y Aviso REPSE.
  2. Asegurarse que los contratos de prestación de servicios especializados cuenten con los requisitos formales necesarios.
  3. Mantener evidencia documental del cumplimiento de las obligaciones de carácter laboral, de seguridad social y fiscal. Ejemplo: Contar con Recibos de pagos o Nómina, Cédula de determinación de cuotas, Contratos Individuales de Trabajo donde consten las condiciones de trabajo aplicables.
  4. Identificar de manera precisa a las personas que presten servicios especializados dentro del centro de trabajo.
  5. Preparar y concientizar al personal sobre el interrogatorio por parte de la autoridad con base en el cuestionario plasmado en el Protocolo.

Riesgos

El incumplimiento por parte del contratista o el beneficiario de los servicios especializados puede derivar en las siguientes consecuencias:

  1. Cancelación del registro REPSE.
  2. Multas significativas.
  3. Responsabilidad solidaria en el cumplimiento de obligaciones de carácter laboral y de seguridad social.

Es fundamental que los centros de trabajo que utilicen esquemas de subcontratación de servicios especializados cumplan con el estándar establecido por el “Protocolo de Inspección en Materia de Subcontratación” para evitar en el futuro posibles contingencias derivadas de una ejecución poco precisa de las obligaciones de carácter laboral y de seguridad social.

En Hogan Lovells estamos listos para asistirlos.

 

 

Escrito por Mary Carmen Fuertes, Hugo Hernández Ojeda, José Pablo Saenz y Juan Pablo Vázquez.

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